En la tarde de hoy lunes, el Tribunal de Apelaciones de la
Asociación del Fútbol Argentino dio a conocer oficialmente que hizo
lugar de manera favorable al recurso presentado por el Club Unión de
Morrison y por tanto el fallo le da ganado el partido frente a
Defensores de San Marcos Sud.
Cabe señalar que esta decisión, declararía nulo al resto del campeonato que lo coronó campeón a Matienzo de Monte Buey.
Esto reafirma las desprolijidades cometidas en el ámbito de la Liga y
del Tribunal de Penas, y también de no haber parado el torneo como se
hizo antes, a la espera de resoluciones similares.
De seguro habrá una reunión urgente de parte de la Comisión Directiva
para analizar los pasos a seguir, pero ante este fallo el campeonato
Apertura de la A, no tendría un campeón “legal”.
El fallo del Tribunal de Apelaciones de AFA, es el siguiente:
PRIMERO: REVOCAR los puntos dispositivos 1° y 2° de la apelada
resolución de f. 105/107 del TRIBUNAL DE DISCPLINA DEPORTIVA DEL
INTERIOR, esto es, HACER LUGAR al recurso de apelación del CLUB UNIÓN
DE MORRISON que integró el equipo con los jugadores habilitados JARA y
CAGLIERO en el partido disputado el 26 de mayo de 2010 entre esa entidad y el
CLUB SAN CARLOS DE NOETINGER.
SEGUNDO: DECLARAR la confirmación del resultado del partido ganado
en la cancha por el CLUB UNIÓN DE MORRISON UNO (1) y el CLUB SAN
CARLOS DE NOETINGER CERO (0).
TERCERO: DISPONER la devolución del depósito al CLUB UNIÓN DE
MORRISON por la revocación del fallo apelado.
CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución mediante la publicación
íntegra en el Boletín de la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO (arts. 63,
64, Reglamento del Consejo Federal de Fútbol; art. 48, Estatuto de la Asociación
del Fútbol Argentino y demás preceptos citados). ASÍ VOTAMOS.
El Dr. HÉCTOR LUIS LATORRAGA adhiere a la opinión de los ilustrados
colegas aunque se abstiene de emitir voto por no ser caso de empate (arts. 45 y
48, Estatuto AFA).
Por tanto, el TRIBUNAL DE APELACIONES DE LA ASOCIACIÓN DEL
FÚTBOL ARGENTINO, RESUELVE:
PRIMERO: REVOCAR los puntos dispositivos 1° y 2° de la apelada
resolución de f. 105/107 del TRIBUNAL DE DISCPLINA DEPORTIVA DEL
INTERIOR, esto es, HACER LUGAR al recurso de apelación del CLUB UNIÓN
DE MORRISON que integró el equipo con los jugadores habilitados JARA y
CAGLIERO en el partido disputado el 26 de mayo de 2010 entre esa entidad y el
CLUB SAN CARLOS DE NOETINGER.
SEGUNDO: DECLARAR la confirmación del resultado del partido ganado
en la cancha por el CLUB UNIÓN DE MORRISON UNO (1) y el CLUB SAN
CARLOS DE NOETINGER CERO (0).
TERCERO: DISPONER la devolución del depósito al CLUB UNIÓN DE
MORRISON por la revocación del fallo apelado.
CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución mediante la publicación
íntegra en el Boletín de la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO (arts. 63,
64, Reglamento del Consejo Federal de Fútbol; art. 48, Estatuto de la Asociación
del Fútbol Argentino y demás preceptos citados). CUMPLIDO, DEVUÉLVASE al
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR.
Dr. DANIEL MARIO RUDI Dr. FERNANDO LUIS MARÍA
MANCINI
Dr. HÉCTOR LUIS LATORRAGA
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