A
contuación detallamos las SANCIONES TRIBUNAL DE inPENAS de la
Liga Bellvillense
de Fútbol,
copia fiel del acta entregada por la Liga:
Liga
Bellvillense de Fútbol
Asociación
civil - AFILIADA A A.F.A
SANCIONES
TRIBUNAL DE PENAS
"UNA
INSTITUCION PUJANTE Y EN PLENO CRECIMIENTO"
Fallos
dictados por el Tribunal de Penas de la Liga 20/07/2010
ACTA 24
AÑO: 2010
Siendo
las 20:00 Hs. se inicia la sesión con la presencia de: Dr. Eduardo Dolman,Sr
Nelso Sampietro, Sr. Juan
Temporini,
Dr. Jorge Caligaris, Dr. Angel Argüelles
Presidio
la sesión Dr. Eduardo Dolman
Secretaría:
Nelso Sampietro
CUARTA
DIVISIÓN
Partido:
CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N)-CLUB A. SPORTIVO UNION (O) - arb. SALGADO HORACIO
DT:
LESCANO OMAR Carnet: 00703 Club: SAN CARLOS (N): 2 Partido/s ( Art.186 /260 )
Partido:
SAN CARLOS (N)-SPORTIVO UNION (O) - arb. SALGADO HORACIO
Jug.:
AGUILAR LUCAS Carnet: 11650 Club: SPORTIVO UNION (O): 3 Partido/s ( Art.200
"a"1 )
EXPTE
1/2010 Incumplimientos de pagos violación art. 77
a)
ATener por acreditado en la fecha la deuda que mantenín con esta Liga al
13/07/10 a los clubes: ARGENTINO
(BV),
TALLERES (BV), RIVER PLATE (BV), CENTRAL (BV), UNION (BV), DEFENSORES (S.M.S.)
VILLA
ARGENTINA
(M.J.), SAN MARTÍN (M.J.) y HURACÁN (M).
b)
Tener por acreditado en día la fecha el pago que mantenía al 06/07/2010,con
esta Liga al club SARMIENTO (L).
EXPEDIENTES
INCUMPLIMIENTO DE PAGO
EXPEDIENTES
EXPTE
33/2010 ASTUDILLO WALTER p.s.a agresión
Y VISTO
... Y CONSIDERANDO ...SE RESUELVE ...1) Dejar sin efecto en forma definitiva la
sanción de suspensión
provisoria
aplicada al jugador Astudillo Walter, carnet 98271, del club Sportivo Unión de
Ordoñez.
2)
SUSPENDER PROVISORIAMENTE al jugador Rodare Jorge Alejandro, carnet 98146, del
club Sportivo Union de
Ordoñez,
citándoselo a declarar el día 27/07/2010, a las 21 hs, bajo apercibimiento de
ser juzgado en rebeldía.
3)
Recaratúrese las preentes actuaciones como RODARE JORGE ALEJANDRO P.S.A
AGRESIÓN.
4)
Sancionar a los sres árbitros NESTOR MUÑOZ y SERGIO AGUILERA , con la pena de
suspensión por el término de
treinta
(30) d{ias, por violación al art. 270 inc. "d"; 32-33, del RTP.
5)
NOTIFICAR a la Federación Cordobesa de Fútbol y a los Colegios y/o Asociaciones
de ábitros según a la jurudicción
a la
que pertenezcan los sancionados de la resolución obrante el punto cuatro (4) de
la presente, a los fines que
arbitren
los medios necesarios para su cumplimiento.
NOTIFIQUESE
POR BOLETÍN OFICIAL.
EXPTE
37/2010 ALVAREZ ROBERTO RODRIGO p.s.a violación art. 199
Y VISTO
... Y CONSIDERANDO ...SE RESUELVE ...1) Al recurso de apelación interpuesto por
el club Sarmiento de
Leones,
en contra de la resolución obrantes en autos NO HA LUGAR por improcedente, en
virtud de que los fallos del
Tribunal
son inapelables, pudiendo el titular de los derechos recurrir en única y
definitiva instancia ante el Consejo
Federal,
dentro del término y las formas establecidas en capítul0 "Apelaciones del
Consejo Federal". art. 40 del RTP
2)
Concédase copia del expediente
Sancionar
con una fecha de suspensión por violación al art. 208 (5 amarillas)
Jug.:
ACCASTELLO JUAN CRUZ Carnet: 17164 Club: SAN CARLOS (N) .-CUARTA A
Jug.:
ARAGON HECTOR FABIAN Carnet: 17150 Club: SAN CARLOS (N) .-CUARTA A
Jug.:
PIZARRO FRANCO DANIEL Carnet: 12303 Club: SAN CARLOS (N) .-PRIMERA A
Jug.:
LEONI MARCELO ROBERTO Carnet: 08255 Club: SAN MARTIN (M.B.) .-PRIMERA A
Jug.:
ROLANDO DARIO CARLOS Carnet: 02405 Club: SAN MARTIN (M.B.) .-PRIMERA A
Jug.:
REY GUSTAVO Carnet: 12016 Club: HURACAN DE MORRISON .-Senior Senior